miércoles, 18 de mayo de 2011

Preguntas y respuestas proceso electoral

¿Qué es la inscripción de cédulas?
Es el acto mediante el cual el ciudadano se registra ante el funcionario electoral, con el fin de quedar incluido en el censo electoral si aún no lo está y poder ejercer el derecho al voto en un puesto de votación cercano a su lugar de residencia.
¿Cuándo será el próximo periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía?
De acuerdo con el precalendario electoral para las elecciones de autoridades locales que se celebrarán el 30 de octubre de 2011, el período de inscripción de cédulas será del 23 de febrero al 22 de mayo de 2011.

  • Del 23 de febrero al 13 de mayo: De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en las Registradurías.
  • Del lunes 16 al domingo 22 de mayo: De 10:00 a.m. a 6:00 p.m. en todos los puestos de votación del país.

¿Si inscribo mi cédula entre el 23 de febrero y el 22 de mayo, puedo votar en las consultas de partidos y movimientos políticos que se realizarán el 29 de mayo, en el nuevo puesto de votación donde me inscribí?
No. La inscripción de cédulas que se realizará del 23 de febrero al 22 de mayo es para participar en las elecciones del 30 de octubre. El censo electoral para las consultas de partidos y movimientos políticos que se realizarán el 29 de mayo, se cerró desde el 28 de enero y por lo tanto usted podrá sufragar en el puesto de votación en dónde estaba habilitado para votar antes de la nueva inscripción.

¿Quiénes deben inscribir la cédula?
Se recomienda que inscriban su cédula de ciudadanía todas aquellas personas que cambiaron su lugar de residencia, bien sea un cambio de barrio, de ciudad, departamento o incluso de país. También, todas aquellas personas que tienen su cédula expedida antes de 1988 y no han inscrito su cédula ni han votado en ninguna de las elecciones celebradas en los últimos 20 años, ya que actualmente no hacen parte del censo electoral.

¿Cómo puedo verificar cuál es mi actual puesto de votación, para definir si quiero cambiarlo o no?
En www.registraduria.gov.co, en el sitio “consulte aquí su lugar de votación” usted puede digitar su documento de identidad y el sistema le indicará si hace parte del censo electoral o no, y en caso afirmativo cuál es su actual puesto de votación.

¿Inscribir la cédula tiene algún costo?No. La inscripción de cédulas es gratuita.

Si acabo de recibir mi cédula expedida por primera vez y no he votado, debo inscribirme?
No necesariamente, porque todo ciudadano, por el sólo hecho de obtener su cédula de ciudadanía al cumplir la mayoría de edad, ingresa automáticamente al censo electoral y queda habilitado para votar en un puesto de votación cercano a la dirección informada al momento de tramitar su cédula de ciudadanía. Debe inscribirse sólo si desea cambiar su actual puesto de votación.

¿Si soy colombiano puedo inscribirme con un documento diferente a la cédula de ciudadanía?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas. No se admiten contraseñas, carnés, libretas militares, licencias de conducción, denuncios de pérdida de documento. Únicamente la cédula original.

¿Si perdí mi cédula recientemente y ya tramité el duplicado me puedo inscribir con la contraseña?
No. Para inscribirse se requiere presentar la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, sin excepciones.

¿Habrá inscripción de cédulas de ciudadanía para los colombianos en el exterior?
No, ya que en las elecciones locales del 30 de octubre sólo votan los colombianos que residan en el país, que se ven afectados directamente con la elección de algún candidato. Los colombianos en el exterior sólo votan en la elección de Congreso y de Presidente de la República y por lo tanto el nuevo período de inscripción de cédulas en el exterior se abrirá en 2013, previo a las elecciones de 2014.

¿Habrá inscripción de cédulas para extranjeros residentes en Colombia?
Sí. Los extranjeros residentes en Colombia deben inscribirse para fijar su domicilio y así poder participar en las elecciones de Alcaldes, Concejos y Juntas Administradoras Locales en todo el territorio nacional. Para inscribirse, los extranjeros deben presentar su cédula de extranjería vigente expedida por el DAS.

¿Puedo autorizar a otra persona para que inscriba la cédula por mí, presentando mi cédula?
No. El trámite de la inscripción de la cédula de ciudadanía es personal, ya que exige la impresión de la huella dactilar que es un requisito indispensable para validar el proceso de inscripción.

¿Puedo inscribir mi cédula en un sitio distinto a donde vivo?
No. La inscripción es válida sólo para los residentes del lugar en donde se realiza y al inscribirse en ese sitio el ciudadano está declarando bajo juramento que efectivamente habita en la ciudad, corregimiento o inspección de policía correspondiente. Inscribirse en un sitio diferente al lugar de residencia es un delito tipificado en el artículo 389 Código Penal, que se sanciona con prisión de 48 a 108 meses.

¿Me entregan algún certificado comprobante de la inscripción de la cédula?
Sí. Usted recibirá un comprobante de la inscripción, llamado formulario E-4, en el que se señala: la fecha de la inscripción, el número de cédula, código de inscripción y puesto, el lugar en donde realizó la inscripción y el puesto de votación en donde queda habilitado para votar.

¿Puedo inscribir mi cédula si ya estoy inscrito?
Sí, para cambiar su puesto de votación a un sitio más cercano a su lugar de residencia. La última inscripción anulará la inscripción anterior y por lo tanto usted podrá votar en el sitio en donde se inscriba ahora.

¿Qué pasa si una persona inscribe su cédula varias veces?
Si un ciudadano realiza el proceso de inscripción varias veces, tendrá validez solamente la última inscripción. La persona ejercerá su derecho al voto en el puesto de votación donde quede registrada su cédula de ciudadanía por última vez.

Si hay mucha gente inscribiéndose en un sitio ¿me pueden negar mi derecho a inscribir mi cédula?
No. Los funcionarios de la Registraduría Nacional tienen el deber de inscribir a todos los ciudadanos que concurran a inscribir su cédula. Si se presentan situaciones que permitan presumir una posible trashumancia, se pondrá en conocimiento de las autoridades competentes, como pueden ser el Consejo Nacional Electoral, la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional o la Procuraduría General de la Nación, según el caso.

¿Qué pasa si yo inscribí mi cédula pero el Consejo Nacional Electoral dejó sin efecto la inscripción?
El Consejo Nacional Electoral deja sin efecto la inscripción de cédulas de ciudadanía cuando encuentra trashumancia, que es cuando el ciudadano al momento de la inscripción registra una dirección diferente a su lugar de residencia. En este caso la persona puede sufragar en el lugar donde votó en la pasada elección.

Por ejemplo, luego de la inscripción de cédulas de ciudadanía de 2009 el Consejo Nacional Electoral dejó sin efecto 200.000 inscripciones en Barranquilla para las elecciones de 2010. En esos casos, todos los ciudadanos podrán votar en el puesto de votación donde están habilitados.

¿Cuándo se realizó la última inscripción de cédulas de ciudadanía?
El último período de inscripción de cédulas en puestos de votación fue entre el 19 de octubre y el 2 de noviembre de 2009. Los colombianos residentes fuera del país adelantaron este proceso hasta el 13 de noviembre de 2009. Antes de éste, se había realizado un proceso de inscripción de cédulas del 1 de marzo al 21 de mayo de 2007.

¿Cuántos colombianos se inscribieron en el último periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía?
En el último periodo de inscripción de cédulas del año 2009 un total de 2.485.530 colombianos se inscribieron para las elecciones de Congreso y Presidente de 2010. Se inscribieron en el exterior 71.364 y en el territorio nacional 2.414.166 personas. De los 2.485.530 colombianos inscritos, un total de 76.965 ciudadanos ingresaron al censo electoral y el resto de inscripciones correspondió a cambios en el puesto de votación asignado.

Del 1 de marzo al 21 de mayo de 2007 se inscribieron 3.662.934, previo a las elecciones de atoridades locales, similares a las que se celebrarán el próximo 30 de octubre.

¿Por qué se realiza el proceso de inscripción de cédulas?
El proceso de inscripción de cédulas de ciudadanía se realiza para garantizar que todos los ciudadanos puedan ingresar al censo electoral y facilitarle a los sufragantes la votación con comodidad y cerca al lugar de residencia.

Novedades en la inscripción de cédulas para evitar el fraude
En el periodo de inscripción de cédulas que se realizará del 2 de marzo al 29 de mayo para las elecciones de autoridades locales 2011, la Registraduría implementará dos innovaciones tecnológicas para realizar el proceso de inscripción de los ciudadanos y evitar el fraude durante este proceso electoral.

Para este nuevo periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, el grupo técnico de la Dirección de Censo Electoral del la Registraduría Nacional del Estado Civil, desarrolló dos nuevas herramientas para evitar el fraude durante el periodo de inscripción. Estas novedades son un cambio en el diseño del formulario de inscripción de sufragantes E-3 y la plataforma Web de Censo Electoral.

El nuevo formulario E-3 de inscripción de sufragantes, cuenta con mayores características de seguridad. Este formato está personalizado por puesto, es decir lleva los datos básicos pre impresos, como el código y el nombre de puesto de votación, el nombre del departamento y el nombre del municipio. Esto implica que los formularios no sean intercambiables con otros puestos de votación, ya que están individualizados para cada uno de ellos y le permitirá a la Entidad revisar a diario las estadísticas por puesto. Este formulario también esta personalizado con un código de barras en la parte superior. Este código trae el número consecutivo el cual asocia el código de división política, con el nombre del departamento, del municipio, el número de la zona y el nombre del puesto.

Todas estas características hacen que el E-3 sea un formulario inteligente y exclusivo para cada puesto de votación.

Los datos preimpresos y los códigos de barras en el formulario le permiten al proceso minimizar los errores en su diligenciamiento y evitar que se inscriban personas en otro lugar. Al final del proceso, cuando se esté realizando la depuración de los inscritos, el funcionario hará la lectura del código de barras y éste arrojará toda la información del puesto de votación.

Otra de las medidas para evitar el fraude durante el proceso de inscripción, es que cada uno de los cupones del formulario que se van a diligenciar con los ciudadanos que se acerquen, trae un espacio físico con las especificaciones del tamaño de una decadactilar para tomar la impresión de la huella dactilar del índice derecho.

Este espacio donde se tomará la impresión dactilar tiene características especificas consultadas y aprobadas por la Registraduría Delegada para el Registro Civil y la Identificación, para que culminado el proceso se puedan extraer las imágenes de las huellas de los formularios y así cruzarlas con el Sistema de Identificación Automatizada de Huellas Dactilares (AFIS por sus siglas en inglés) y poder determinar si la inscripción es irregular o no, y poder detectar si hubo fraude por suplantación.

Así mismo, como otra de las medidas de seguridad, el formulario tiene un espacio para la identificación del funcionario responsable de la inscripción en cada puesto de votación.

Éste se debe identificar con su cédula, nombre, firma y huella dactilar. Cada funcionario responderá penal y disciplinariamente por eventuales malos manejos del formulario de inscripción.

Para este proceso los formularios de inscripción van a ser digitalizados, lo cual evita que sean manipulados más de una vez. Los Registradores van poder acceder a ellos haciendo la consulta por esta plataforma Web, a través del modulo de censo.

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